Artículo publicado en el periódico Milenio, el día 2 de septiembre del 2020.
Sergio López Ayllón
Javier Martín Reyes
Nexos es uno de los espacios intelectuales y culturales más plurales, críticos e innovadores del país. Las más variadas preocupaciones sociales, científicas y literarias han confluido ahí por más de cuatro décadas. Por eso preocupa (y mucho) la situación que enfrenta.
La historia es larga, pero el momento crítico sucedió el 20 agosto. Ese día, en el Diario Oficial de la Federación se publicó una escueta circular de la Secretaría de la Función Pública (SFP) que señala que las dependencias públicas deben dejar celebrar contratos con Nexos por dos años. Además, le impuso una multa de casi un millón de pesos.
Pudimos conocer algunos detalles del caso mediante un comunicado de la SFP (bit.ly/SFP_Comunicado). El documento dice que la inhabilitación y la multa se debieron a que Nexos presentó información falsa para obtener una adjudicación directa en 2018. Afirma, además, que la investigación fue “minuciosa” y que se respetó el “derecho de audiencia”. En el comunicado (y en los tuits que lo difundieron) hubo mucha retórica política pero pocos argumentos jurídicos.
Nexos respondió públicamente con una relatoría detallada de los hechos (http://bit.ly/Nexos_SFP (http://bit.ly/Nexos_SFP)). Señaló que, en efecto, en 2018 el IMSS le adjudicó un contrato por 74 mil pesos. Como cualquier otra empresa, tuvo que acreditar el pago de cuotas al Infonavit. Esto sucedió el 17 de mayo de 2018 (Nexos hizo público el comprobante) y un mes después la SFP declaró que el asunto estaba “total y definitivamente concluido”.
No obstante lo anterior —según la relatoría de Nexos—, en junio de 2020 la SFP abrió un nuevo procedimiento sobre el mismo asunto, que terminó con la multa y la inhabilitación. La revista asegura que no fueron llamados a este procedimiento.
El problema es que la SFP no ha dado elementos para responder a cuestiones elementales sobre el caso. ¿Por qué se reabrió un caso cerrado hace dos años? ¿Cuándo y cómo se dio derecho de audiencia a Nexos? ¿Cómo se valoraron las pruebas? ¿Bajo qué parámetros se determinó el monto de la sanción? ¿Cómo se cumplió con el principio de proporcionalidad en la determinación de la multa?
La respuesta a todas estas peguntas debería estar en la resolución de la SFP. Lamentablemente, hasta donde tenemos conocimiento, ésta no es pública. Circulares, boletines y tuitazos han generado un alboroto en el que está ausente el documento más importante para valorar los méritos jurídicos del caso.
El silencio de la SFP da pie a la suspicacia de que existe un uso político de las sanciones administrativas que genera un efecto equivalente a la censura. El asunto pasará a manos de los jueces. Si se corrobora, sería simple y sencillamente inadmisible. El problema es que no estamos frente a un caso aislado. Sobre esto volveremos.
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