Con Denise Tron Zuccher y Mariana Ruiz Albarrán.
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PRESENTACIÓN DURANTE LA SESIÓN
NOTAS DEL EPISODIO
Resumen
En este capítulo de “Qué dicen hoy los tribunales” se abordan tres tesis en materia fiscal. La primera trata sobre la fecha cierta de actos jurídicos y su relación con embargos fiscales. La segunda se refiere a la materialidad de las operaciones y la carga probatoria en casos de facturas falsas. La tercera tesis aborda el delito de defraudación fiscal equiparada y la omisión de ingresos en las declaraciones fiscales.
Aspectos destacados:
- 💡 La fecha cierta de un contrato se determina en el momento de dictarse la sentencia en un juicio civil, lo cual puede afectar la validez de embargos fiscales.
- 💡 La materialidad de las operaciones implica probar que las transacciones efectivamente ocurrieron, y presentar estados de cuenta y registros contables puede no ser suficiente.
- 💡 Declarar ingresos menores a los realmente obtenidos puede constituir el delito de defraudación fiscal equiparada.
👻 Embargos y fecha cierta de contratos
- El embargo fiscal puede realizarse antes de que se dicte la sentencia en un juicio civil, lo cual puede generar conflictos en casos de compraventa de bienes inmuebles.
- La fecha cierta de un contrato se establece en el momento de la sentencia en el juicio civil, lo que puede invalidar el embargo realizado previamente.
💸 Materialidad de las operaciones
- La materialidad de las operaciones implica probar que las transacciones realmente ocurrieron y no se trata de facturas falsas.
- Presentar estados de cuenta y registros contables puede no ser suficiente para acreditar la materialidad de las operaciones.
⚖️ Delito de defraudación fiscal equiparada
- Declarar ingresos menores a los realmente obtenidos puede constituir el delito de defraudación fiscal equiparada.
- Omitir información en las declaraciones fiscales puede llevar a consecuencias legales y sanciones.
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