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Tribunales

Blog 150: IVA para donatarias y bloqueo de cuentas bancarias

Denise Tron y Mariana Ruiz.

14 de febrero de 2024.

La SCJN confirmó la constitucionalidad del régimen del IVA para donatarias autorizadas, se analizó la aplicación de la jurisprudencia sobre el bloqueo de cuentas bancarias por lavado de dinero y criterios sobre el nuevo sistema de justicia laboral.

Donatarias autorizadas y exención de IVA

La Primera Sala confirmó la constitucionalidad de la reforma de 2019 en la que se exentó del pago del IVA a las donatarias autorizadas cuando enajenan bienes, prestan servicios independientes u otorgan el uso o goce temporal de bienes.

Al resolver un amparo promovido por Fundación Teletón, en el que argumentó que la reforma les impide acreditar el IVA que les es trasladado, se sostuvo que: 

Fin constitucional válido. El IVA es un impuesto indirecto por lo que se considera que si la donataria tiene la capacidad de adquirir un bien o servicio debe considerar el IVA como un costo. Registros: 2028115 y 2028116

Proporcionalidad tributaria. La distinción tributaria entre las actividades de las donatarias autorizadas con el resto de las personas morales es en beneficio de personas, sectores y regiones de bajos recursos. Registro: 2028113

No regresividad. La reforma no transgrede el principio de progresividad pues las donatarias no tienen un derecho adquirido sobre la forma de tributar. Registro: 2028114

Resoluciones del SAT con firma electrónica

La firma electrónica de los funcionarios del SAT debe estar amparada con un certificado, para que pueda utilizarse para firmar las resoluciones. Sin embargo, no existe obligación de que el certificado se reproduzca en la resolución, así lo resolvió la Segunda Sala. [Jurisprudencia] Registro: 2028159

Amparo

Gestación subrogada y futuro registro de bebé no nacido 

Los padres por gestación subrogada buscan registrar al bebé con sus apellidos y no con los de la persona que los gestó. Si lo solicitan al Registro Civil previo al nacimiento del bebé y éste se niega, pueden solicitar la suspensión en amparo. 

Suspensión con efectos restitutorios. El juez de amparo previo a conceder la suspensión debe verificar que la persona gestante dio su consentimiento de manera libre, revisar el contrato y los documentos sobre el periodo de gestación. Registros: 2028136 y 2028137

Efectos de la suspensión. Una vez que nazca el bebe se le deberá registrar con los apellidos de los padres sin hacer mención de la madre gestante. [Pleno Regional, Jurisprudencia] Registro: 2028138

Suspensión en contra de impuestos ecológicos

Una empresa minera de Durango solicitó en amparo la suspensión en contra de un decreto que estableció nuevos impuestos ecológicos por la emisión de gases a la atmósfera. En este caso el juez puede conceder la suspensión si el contribuyente garantiza el interés fiscal para efectos de que no entere las contribuciones, pero no respecto de las obligaciones de cuidado del medio ambiente. Registro: 2028182

Notificación de contestación de la demanda

Al notificarle a la actora la contestación de la demanda no es necesario que se realice de manera personal, cuando se esté actuando en el procedimiento laboral ordinario. Así lo resolvió la Segunda Sala. [Jurisprudencia] Registro: 2028127

Solicitudes de petición no atendidas y juicio de amparo

Los diputados locales están obligados a responder las solicitudes que reciban de cualquier persona mediante el derecho de petición, en tanto son funcionarios del Estado. Ante la falta de respuesta, el solicitante puede promover juicio de amparo. [Pleno Regional, Jurisprudencia] Registro: 2028167

Lista de personas bloqueadas y suplencia de la queja

El juez que reciba una demanda de amparo impugnando el bloqueo de cuentas bancarias realizado por una autoridad nacional, deberá aplicar la jurisprudencia 2a./J. 46/2018 en suplencia de la queja, en la cual la Segunda Sala sostuvo que dicho bloqueo solo procede cuando se efectúe por una solicitud de una entidad internacional. Registro: 2028135

Inicio de juicio laboral y revisión de notificaciones 

La Segunda Sala se pronunció en jurisprudencia sobre dos temas:

Confirmó que las constancias que emite el Centro de Conciliación y que son el requisito para que inicie el juicio laboral pueden ser en dos sentidos: 1) que acredite haber agotado la conciliación prejudicial sin llegar a un acuerdo o, 2) que deje a salvo los derechos del trabajador para promover juicio, si no se logró notificar al demandado. Además, resolvió que el tribunal que conozca del juicio está facultado para analizar los actos de notificación realizados por el Centro de Conciliación y en caso de deficiencias, que realice nuevamente la notificación. [Jurisprudencia] Registro: 2028142

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