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Qué dicen hoy los tribunales - Qué dicen los tribunales hoy

¿Qué dicen hoy los tribunales? Capítulo XXVII

Con Denise Tron Zuccher y Mariana Ruiz Albarrán.

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PRESENTACIÓN DURANTE LA SESIÓN

NOTAS DEL EPISODIO

Resumen

En este capítulo del programa “Qué dicen hoy los tribunales”, se abordan diversos temas relacionados con el amparo, la fiscalía y el sistema penal. Se destaca el incremento en la publicación de criterios por parte de la Corte Suprema, lo cual refleja una mayor actividad en la resolución de casos y la difusión de información.

Aspectos destacados:

Dos criterios importantes son analizados en este episodio. En primer lugar, se discute el tema del desabasto de medicamentos, el cual ha sido una problemática persistente en varios países durante varios años. Se examina un caso en el cual un beneficiario del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) promovió un juicio de amparo debido a la falta de tratamiento médico oportuno. El juez de distrito concede la suspensión de oficio y de plano, con el propósito de asegurar la atención médica adecuada. Este criterio plantea la pregunta de si es procedente otorgar la suspensión de forma inmediata cuando está en juego el derecho a la vida o la salud de una persona, incluso si esto implica efectos restitutorios. Se argumenta que la medida cautelar de carácter positivo debe buscar proteger los derechos humanos y no simplemente mantener viva la materia del juicio de amparo. Se establece que es procedente conceder la suspensión cuando se cumplen los supuestos establecidos en el artículo 126 de la Ley de Amparo, los cuales involucran situaciones que implican un peligro para la vida o ataques a la libertad, aun cuando esto pueda implicar efectos restitutorios.

En segundo lugar, se aborda un criterio relacionado con los requisitos formales del juicio de amparo. Se analiza el caso en el cual un juez de distrito o secretario no firma electrónicamente la sentencia en el mismo día en que fue emitida, sino en un día distinto. Se plantea la pregunta de si esta falta de formalidad debe tener trascendencia suficiente como para revocar y reponer el procedimiento. La Suprema Corte determina que si bien esta violación transgrede el principio de seguridad jurídica, es necesario analizar si su trascendencia es suficiente para anular el procedimiento y repetirlo.

Estos criterios reflejan la evolución en la interpretación de los requisitos del juicio de amparo y el papel que desempeña en la protección de los derechos humanos. Además, se evidencia la importancia de abordar temas sensibles como el desabasto de medicamentos y garantizar el acceso a la atención médica oportuna.

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