Artículo publicado en Milenio, el día 2 de agosto de 2023.
La división de poderes está diseñada para contener el ejercicio del poder. Así, las decisiones de unos están sujetas al control de otros mediante un delicado balance de “pesos y contrapesos”. Los jueces tienen un papel central en este entramado. Una de sus funciones es salvaguardar la legalidad, es decir, asegurar que las autoridades actúen dentro del marco de la ley. Los jueces existen, entre otras cosas, para disciplinar el ejercicio del poder y evitar que el capricho del gobernante prevalezca. Y por eso suelen estorbarles.
Los gobiernos populistas de todas las latitudes han lanzado una andanada contra los jueces. Estos constituirían una fuerza conservadora que se opone a la voluntad popular. El caso más reciente sucede en Israel, donde el primer ministro ha propuesto una reforma para limitar la capacidad del Poder Judicial de revisar los actos del gobierno. Esto ha generado una polémica que divide a ese país.
En México no cantamos mal esa tonada. En varios estados se han venido cocinando “golpes” a los poderes judiciales, con diferentes modalidades y grados de cinismo. El último ejemplo es Oaxaca. En un abrir y cerrar de ojos (menos de 10 minutos según crónicas periodísticas), sin debate y siguiendo los dictados del gobernador, el Congreso de Oaxaca aprobó una reforma a su Constitución para desaparecer el Tribunal de Justicia Administrativa y crear uno nuevo, con las mismas funciones, pero con nuevas magistradas y magistrados cercanos al actual gobierno estatal. Los argumentos esgrimidos hablan por sí mismos. Ese tribunal era ineficiente, caro y corrupto. Pero sobre todo “se había convertido en un obstáculo para la responsabilidad que constitucionalmente debía cumplir”. El asunto concluyó con la detención del secretario general de acuerdos del tribunal.
Importa recordar que los tribunales administrativos tienen una base constitucional. En cada entidad federativa su función es “dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública local y municipal y los particulares” e imponer sanciones a los servidores públicos. Así, la jurisdicción administrativa arbitra entre la autoridad y los ciudadanos en ese espacio complejo que va del ejercicio legítimo de la autoridad hasta zonas donde priva la discrecionalidad, el error, los sesgos políticos, la incapacidad o la corrupción.
El asunto llegó rápidamente a la Suprema Corte, en donde la comisión de receso admitió a trámite la controversia y concedió una suspensión para que las y los magistrados del Tribunal sigan en el encargo y no los sustituyan las personas nombradas en la sesión relámpago. El problema es que el gobernador no parece tener intención alguna de acatar esa suspensión. Esto planteará un nuevo dilema político para la Suprema Corte. ¿Será casualidad?
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